Cuota de autónomos en 2026: cómo funciona y cómo se calcula
Última revisión: 15 de septiembre de 2026
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Tu cuota no depende de lo que factures, sino de una previsión de tus rendimientos netos (lo que te queda después de gastos, con algunos ajustes). Esa previsión te sitúa en un tramo, dentro del cual eliges una base de cotización, y a esa base se le aplican unos tipos que en el supuesto ordinario completo de 2026 suman aproximadamente el 31,5 %.
Al final del año, la Seguridad Social compara lo que cotizaste con lo que de verdad ganaste, y puede haber diferencia a pagar, a devolver, o ningún ajuste.
De dónde sale tu cuota, paso a paso
- Estimas tus rendimientos netos previstos (no tu facturación bruta).
- Esa previsión te sitúa en uno de los tramos de cotización de 2026.
- Dentro de ese tramo, eliges una base de cotización, entre un mínimo y un máximo.
- A esa base se le aplican los tipos de cotización, dando tu cuota provisional mensual.
- Con el tiempo, la Seguridad Social regulariza lo cotizado frente a lo que realmente ganaste, según tus datos fiscales.
Importante: rendimientos netos ≠ facturación. No es lo que cobras de tus clientes, es lo que te queda tras gastos, con algunos ajustes específicos (por ejemplo, en estimación directa se suman de nuevo las cuotas de autónomos que te has deducido como gasto). Sobre ese resultado se aplica una deducción adicional genérica del 7 % (del 3 % en algunos casos societarios) antes de obtener el promedio que determina tu tramo.
Los tramos de 2026
En 2026 hay 3 tramos reducidos y 12 tramos generales, cada uno con su propio intervalo de base mínima y máxima. Cuanto más alta sea tu previsión de rendimientos, más alto el tramo, y más alto el rango de bases entre las que puedes elegir.
Los tipos de cotización
En el supuesto ordinario completo (autónomo persona física, sin bonificaciones ni particularidades de cobertura), los tipos de 2026 suman 31,5 % de la base elegida:
- 28,3 % contingencias comunes.
- 1,3 % contingencias profesionales.
- 0,9 % cese de actividad.
- 0,1 % formación.
- 0,9 % MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional).
Ojo: esto no es el 31,5 % de tus ingresos ni de tu beneficio. Es el 31,5 % de la base de cotización que hayas elegido dentro de tu tramo — dos autónomos con el mismo beneficio pueden pagar cuotas distintas si eligen bases distintas.
Puedes cambiar tu previsión hasta 6 veces al año
Si tu situación cambia, puedes modificar tu previsión de rendimientos y tu base hasta seis veces al año. El cambio no tiene efecto inmediato: por ejemplo, una solicitud hecha entre septiembre y octubre produce efectos el 1 de noviembre. Tampoco corrige retroactivamente los meses ya cotizados.
La regularización posterior
Con los datos fiscales del año ya cerrado, la Seguridad Social compara lo que cotizaste con lo que ganaste de verdad:
- Si tu base cotizada quedó por debajo del mínimo que te correspondía según tus ingresos reales, tendrás que ingresar la diferencia.
- Si quedó por encima del máximo que te correspondía, te devuelven la diferencia.
- Si tu base estaba dentro del intervalo que te correspondía, puede que no haya ajuste.
Es decir: ganar más o menos de lo que previste no significa automáticamente pagar o que te devuelvan — depende de dónde caiga tu base cotizada dentro del intervalo definitivo que te corresponde según tus ingresos reales.
Ejemplo de cálculo (aproximado)
Con un rendimiento neto computable de 1.500 €/mes, el intervalo de base de ese tramo en 2026 va de 960,78 € a 1.500 €. Si eliges la base mínima:
960,78 € × 31,5 % ≈ 302,65 €/mes
Este es un cálculo aproximado, para un mes completo, sin bonificaciones ni particularidades — solo para que veas de dónde sale el número.
La cuota reducida («tarifa plana»)
Existe una cuota reducida para quienes se dan de alta por primera vez, o no han estado de alta en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaron antes de esta reducción). Hay que solicitarla junto con el alta. Tiene un periodo inicial regulado, con posibilidad de extensión si se cumplen determinados requisitos de rendimientos.
Sobre el importe exacto: Importass publica actualmente la referencia de «80 € más MEI», pero la información oficial consultada presenta diferencias en cómo se desglosa esa cifra frente al total mostrado. Como el importe puede actualizarse y existe esa discrepancia en el desglose, te recomendamos comprobar el importe vigente directamente en Importass al tramitar tu alta, en lugar de dar por buena una cifra fija aquí.
Calcula tu cuota orientativa
Con la calculadora de cuota de autónomos de FactuLibre puedes hacerte una idea de tu cuota según tu previsión de rendimientos. Es una herramienta de estimación y orientación, no una liquidación oficial de la Seguridad Social: el importe final siempre lo determina la TGSS.
Calculadora cuota autónomosDudas habituales sobre la cuota de autónomos
¿La cuota es un porcentaje de lo que facturo?
No. Es un porcentaje de la base de cotización que elijas, dentro de un tramo que depende de tu previsión de rendimientos netos, no de tu facturación.
¿Si gano más de lo previsto, tengo que pagar de más siempre?
No automáticamente. Depende de si tu base cotizada queda dentro o fuera del intervalo que te corresponde según tus ingresos reales del año.
¿Cuánto cuesta exactamente la tarifa plana en 2026?
Importass publica «80 € más MEI», pero hay una discrepancia documental en el desglose del total. Compruébalo directamente en Importass al darte de alta.
¿Puedo cambiar mi base si veo que voy a ganar más o menos de lo previsto?
Sí, hasta 6 veces al año, aunque el cambio no tiene efecto inmediato ni corrige los meses ya cotizados.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria — Determinación del rendimiento neto de actividades económicas (estimación directa): sede.agenciatributaria.gob.es — Rendimientos de actividades económicas
- BOE — Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (art. 308, cotización por rendimientos): boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724
- BOE — Orden PJC/297/2026 (tablas y tipos de cotización de 2026): boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7296
- BOE — Real Decreto-ley 3/2026 (art. 3): boe.es/eli/es/rdl/2026/02/03/3
- Importass — Base de cotización y rendimientos (modificar previsión): portal.seg-social.gob.es — Base de cotización y rendimientos
- Importass — Regularización anual de cuotas: portal.seg-social.gob.es — Regularización anual
- BOE — Ley 20/2007, Estatuto del Trabajo Autónomo (art. 38 ter, cuota reducida): boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13409
- Importass — Prórroga de la tarifa plana: portal.seg-social.gob.es — Prórroga de la tarifa plana